jueves, 9 de noviembre de 2017

Propuesta legislativa comunitaria sobre crowdfunding

Recientemente se ha hecho pública la iniciativa para una propuesta legislativa relativa al establecimiento en la Unión Europea de un marco común en financiación colectiva y entre pares (Legislative proposal for an EU framework on crowd and peer to peer finance, que podéis leer aquí) , en la idea de que sea más fácil para las PYMES acceder a financiación en toda Europa.

Se trata de una iniciativa para la que desde el 30 de octubre al 27 de noviembre cualquier interesado puede participar activamente en esta y posteriores actividades de consulta, y se espera que durante el primer tercio de 2018 la Comisión Europea establezca un marco que sirva de apoyo para esta iniciativa. No obstante, el principal obstáculo al que se enfrenta en este momento esa posible normativa comunitaria es la existencia de distintas normativas en varios Estados que dificulta el establecimiento de ese marco común, y que el crowdfunding tenga realmente una dimensión transfronteriza. Así, tal y como se expone en la iniciativa, casi la mitad de las plataformas no han recibido fondos extranjeros para los proyectos anunciados por ellas, y tres cuartas partes de quienes lo recibieron fue en un porcentaje inferior al 10 por ciento. 

De ahí que los principales objetivos de esta iniciativa sean, de un lado, permitir que las plataformas realicen su actividad a nivel transfronterizo con una licencia que sea válida en toda la UE y sin ser precisa la autorización de cada Estado, atrayendo así a más inversores y reduciendo los costes de transacción; y de otro lado, dotar a las plataformas de un marco de gestión que ayude a que tengan un alto nivel de confianza y protejan a los proveedores de fondos, desarrollando aspectos como la protección de datos, el uso ilícito y la ciberseguridad.

Respecto a las opciones legislativas, se valoran cuatro: 
1) que no haya un marco normativo comunitario, esto es, la Comisión mantendría un diálogo periódico mediante reuniones bianuales con las autoridades de supervisión, los Estados miembros y el sector del crowdfunding, para promover la convergencia, e intercambiar las mejores prácticas; 
2) la autorregulación con una serie de estándares mínimos comunitarios, de forma que la Comisión recomendaría un conjunto de estándares mínimos no vinculantes referido a buenas prácticas; 
3) considerar a las plataformas como lugares de negociación o instituciones de pago regulados por la UE, creando una licencia de crowdfunding para toda Europa, aunque en el marco de esta opción también se prevé una variante en virtud de la cual se armonizarían las normativas nacionales mediante una legislación comunitaria que permita regular determinadas cuestiones; 
4) establecer un marco normativo comunitario propio, por el que las plataformas que deseen realizar actividades transfronterizas podrían optar, pero sin afectar a las plataformas que sólo operasen en un mercado nacional.

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